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QUIENES SOMOS?

Somos un grupo de madres y padres que por la delictiva acción de la Justicia Argentina en diferentes formas hemos perdido el contacto con nuestros amados hijos.
Todos en general somos víctimas de las Mafias Judiciales que ya conforman una Antijusticia compuestas por Jueces, abogados, psicólogos, y otros integrantes de la misma que aprovechando vacíos legales y procedimientos anacrónicos que contradicen la propia Constitución Nacional violan los Derechos Humanos mas Elementales de los niños, madres y padres, a conformarse como una familia aun despues de producida una separacion conyugal.

Mujeres y Varones "UNIDOS" En Defensa de
Los Derechos del NIÑO
Los Derechos Humanos
La Institución Familiar
y La Anulacion del concepto de Tenencia (solo se tienen las cosas)

por el de Convivencia Compartida

de Los HIJOS

'El matrimonio se termina, la familia nunca'

Si bien nos abocamos al problema familiar nos hemos ido dando cuenta que el problema es mas grave aun, el no respeto de la familia es un arrastre del no respeto a las instituciones de la nacion y la constitucion en su predicado basico: la igualdad de las personas.


OBJETO DE LA AGRUPACION SIN FINES DE LUCRO UPAFAM

Nuestro objetivo es contribuir en todas las formas posibles a que este tipo de drama familiar que ha costado la vida de padres que se han suicidado por ello, y la libertad de otros, presos por el solo hecho de amar a sus hijos y hacer todo lo posible por su bienestar, NUNCA MAS ocurra.
Para ello propugnamos cambios en la legislación anacrónica que en este momento contradice principios básicos de la propia Constitución Argentina y así favorecer a la Defensa de los Derechos del niño, de su padre y de su madre, a conformarse como una familia normal aun ante el desgraciado acontecimiento de la separación conyugal.
Favorecemos a LA FAMILIA por sobre todas las cosas y luchamos contra cualquier entidad que EN LOS HECHOS la destruyen.

Sede principal Conde 3594 CABA
Responsable: Nestor Charpentier
Socio Fundador de la Federación de Agrupaciones De Padres en defensa de la Familia
54 11 49457916
@nestorcharpen (twitter)
nestor.charpentier (facebook) (Skype)

sábado, 26 de octubre de 2013

EL RECHAZO DEL RECHAZO DEL SAP (PRESENTADO EN COMISION DE FAMILIA EL 25/10/2013)


SOLICITAMOS AUDIENCIA PERSONAL:

25 de septiembre de 2013

Sr. Diputado: 

Como un conjunto de padres y madres con domicilio constituido en Conde 3594 Capital Federal TE: 4542-8326//1549457916 nos presentamos y respetuosamente decimos:

I.                  OBJETO:

    En relación a la iniciativa publicada en el día VIERNES, 6 DE SEPTIEMBRE DE 2013 De la Diputada de la Nación por la provincia de Buenos Aires del partido “Propuesta Republicana (PRO)”, Gladys González, web:http://pro.com.ar/gladysgonzalez/2013/07/02/rechazo-a-la-aplicacion-del-sindrome-de-alienacion-parental-sap/   desde distintas Organizaciones de Padres en lucha por la defensa de la Familia Argentina y los derechos de  nuestros hijos protegidos por la propia Constitución, queremos hacer llegar este reclamo, en relación a ciertas conclusiones falaces como bien se detalla en la pagina de Infojus, cito: “Donde se promueve la información estadística jurídica para posibilitar el acceso a la justicia y pilar fundamental de las políticas públicas de inclusión promovidas por el Gobierno Nacional “
web:” http://www.infojus.gov.ar/acerca”, como así también nos gustaría que nos den lugar a una Audiencia Personal, para que al menos se conozca la otra verdad y cara de la moneda en cuanto a los derechos del niño y la violencia (real) de género, valga la aclaración (igualdad de género y violencia de género, para todos y todas).

En la nota la citada diputada claramente dice:

Hoy a las 16 hs en la Comisión de Familia de la Cámara de Diputados se dictaminó un proyecto propio en el que expreso mi preocupación por la aplicación del falso Síndrome de Alienación Parental (SAP) en procesos judiciales y de familia por ser contrario a la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niños, niñas y adolescentes y, además, por no contar con el respaldo ni reconocimiento de la comunidad científica.
Queremos remarcar que el término utilizado no nos interesa sino la negación de un fenómeno sicológicamente reconocido por todo el ámbito profesional de sicología
Conclusiones erróneas de la diputada y de la Comisión de Familia al emitir el dictamen:
1.     Claramente se puede apreciar una preocupación de la Diputada Gladys González por la aplicación (según ella) del “falso síndrome” de alienación parental o SAP en los procesos de familia, también afirma que dicha medida es contraria a la Ley 26.061 de protección integral de los derechos de niños y sube aún más la apuesta al decir que científicamente no está comprobado, aunque no aporta testimonios de expertos en la materia  ni tampoco menciona profesionales de renombre o señala investigaciones de otros países donde se toma muy en serio este gran problema .
2.     Los padres sufrientes del SAP de sus hijos estamos discapacitados para tener una relación con ellos dado que estos nos rechazan por ese motivo, es posible que aluda a tal medida (totalmente parcial y de daño incuantificable), debido a que desconoce lo que es padecer este dolor. En tal sentido quisiéramos saber si la diputada podría afirmar también que es ‘falsa’ la discapacidad de su compañera de partido Gabriela Micheti, por no sufrir parálisis en sus miembros inferiores, ya que evidentemente siquiera se digno a investigar sobre el tema y para seguir con la similitud, nos gustaría saber cómo se sentiría Gabriela Micheti  si le dijera que su discapacidad no existe porque ‘aun’ no está probado científicamente.
3.      Podemos afirmar que la Diputada está muy mal informada, una medida llevada a cabo por una autoridad que debiera ser neutral y al menos evaluar ambas caras del problema, antes de actuar y llevar a cabo una propuesta de esa envergadura, deja mucho que desear, dicha medida, la encontramos totalmente dañina y perjudicial para los que padecemos muchísimos padres.

El SAP (o PAS, por sus siglas en ingles), según afirman expertos y cito:
Estudio de la Dra. Deirdre Conway Rand, Ph.D., web: “http://www.zurinstitute.com/dcrand.html
También: Lic. Enrique Echeburúa, catedrático de Psicología Clínica de la Universidad del País Vasco, España, quien afirma: “que es un hecho que sucede y que hay que prestarle atención”.

4.     La diputada habla de los derechos de los niños y que el SAP o uso del mismo en un juicio es motivo de violación de la ley de los derechos de los niños, pero no explica absolutamente nada y de hecho eso marca la ignorancia en este tema, ya que en lo judicial desde las agrupaciones de Padres, vemos que aunque el juez reconozca el SAP o manipulación o la abducción parental (como la llama la Dra. Conway), de todos modos no se condena al manipulador, sino que como mucho se efectúa una terapia de re vinculación, proceso al cual nunca se debería llegar y siquiera de existir  dado que es el producto de una convalidación de ‘un impedimento de vinculo’ en el cual no se respetaron los derechos de los niños y los derechos que poseemos como seres humanos y padres.
5.     La Diputada también afirma que: ‘es alarmante el uso de terapias de re vinculación en casos de abuso y maltrato y el diagnóstico de enfermedades desestimadas por el ámbito científico académico y la Organización Mundial de la Salud. El SAP alude a una supuesta detracción y rechazo hacia el padre que expresa el hijo/a separados de él. Dicho rechazo estaría dado por un “lavado de cerebro” perpetrado por la madre, quien convive con el niño/a. Por ende, estamos ante una herramienta que pretende desacreditar las palabras de los niños/as que acusan a los mayores por haberlos sometido sexualmente, quitando valor a las denuncias de abuso y maltrato’.
6.     Dice que “La utilización del SAP es preocupante, sobre todo, en el ámbito judicial ya que habilita la posibilidad de establecer la re vinculación con un padre abusador e incluso una eventual reversión de la tenencia”.
7.     Es fundamental contar que instituciones internacionales de renombre como la Asociación Americana de Psicología y la propia Organización Mundial de la Salud no reconocen la validez del mencionado síndrome. A su vez, la Asociación Médica Americana y la Asociación de Psicólogos Americana lo inhabilitan para configurar un síndrome diagnóstico por no haber sido debidamente probado.
8.     El objetivo de mi proyecto pretende expresar total repudio y servir de antecedente de manera de evitar que en los juicios de familia, sobre todo en aquellos donde se hayan generado situaciones de violencia familiar y de abuso infantil, se aplique el mencionado síndrome como terapia de re vinculación de los menores con el padre abusivo. Se pueden producir daños irreparables si la Justicia pierde de vista el interés superior del niño en miras de aplicar teorías infundadas que sólo pueden dar lugar a la especulación y a la improvisación.
Puntos destacables;
1.     La utilización del SAP es preocupante, sobre todo, en el ámbito judicial ya que habilita la posibilidad de establecer la re vinculación con un padre abusador e incluso una eventual reversión de la tenencia. El uso del SAP en los procesos judiciales nos alerta no sólo sobre la temática del abuso sexual infantil por parte de los progenitores varones"

Como puede observarse de la simple lectura, la diputada viola la Constitución Nacional al discriminar hablando de solo el sexo masculino al decir' POR PARTE DE LOS PROGENITORES VARONES'. Ya explícitamente condena al sexo masculino y no solo se contenta con esta atrocidad, sino que también lo condena de abusador, ya que en ningún momento detalla o deja entreabierta la posibilidad de inocencia (vuelve a violar la Constitución) hasta que se compruebe lo contrario, sino que dice "re vinculación con un padre abusador e incluso una eventual reversión de la tenencia”
2.     Esto último es terrible, ya que vemos que (según la diputada), un niño abusado va a preferir a un abusador antes que a su madre y ¡la justicia lo ampara y le da la guarda! Quisiéramos que nos mostrara fehacientemente ¿en qué caso un abusador gana una guarda? ¿por qué no detalla? ¿porque habla y condena y no habla de igualdad?, realmente ¿de qué casos habla?
3.     Desde las agrupaciones de Padres podemos dar casos concretos  de injusticia y destrucción total de la familia a causa de la violación de la ley en todas sus formas, cuando de un divorcio se trata. Tenemos los expedientes y testimonios
4.     Nos Preguntamos porque no hay fiscales que actúen de oficio ante tal degeneración y desinformación de un tema vital, ya que desde distintas agrupaciones de padres, sabemos que las verdaderas víctimas son las familias.

5.     Si hoy por hoy, por defecto, la tenencia/guarda, se da a al sexo femenino en una gran mayoría, y vemos en InfoJus que "poseen un sistema de estadísticas, donde dicen que el 80 por ciento de los hombres son por poco el diablo, es obvio que si solo admiten denuncias de mujeres, la mayoría de las denuncias SERAN CONTRA LOS HOMBRES, no hay mucho misterio, es lo que en estadística se llama teoría de la muestra (básicamente saber donde tomar la muestra para que sea representativa, cosa que acá no sucede).
6.     No podemos dejar de destacar que en todos estos razonamientos se olvida el detalle que es prioritario y fundamental al momento del análisis de estas cuestiones. 'toda denuncia es falsa hasta que se demuestra su veracidad¨ ya que por principios netamente republicanos, democráticos y constitucionales “todo  acusado es inocente hasta que se demuestre lo contrario”. Por lo tanto, es necesario que aclaremos, que de seguir esta línea propuesta, donde una persona es culpable desde el principio, entonces deberíamos considerar los antecedentes de  la diputada Gladys  González(acusada de corrupción), veamos:
Resulta evidente que a la Diputada le dieron la posibilidad de demostrar lo contrario, sino no sería diputada ¿o sí?


 Nuestro presente en cuanto a ser Padres con los mismos derechos, solo es un sueño, ya que hoy por hoy no se cumple y de seguir y efectuarse la propuesta de la Diputada, lo que se hace es profundizar las diferencias de trato hacia los papas sin pensar en absoluto en el beneficio de los menores
La estrategia utilizada permanentemente para alejarnos de nuestros hijos con la incomparable ayuda de la Justicia y las Leyes es:
Acusarnos de abusadores con lo que se consigue:
Separarnos de ellos por varios años gracias a la lentitud de la Justicia
Una vez probada nuestra inocencia y entonces se ordene una re vinculación  NUESTROS HIJOS NOS ESCUPEN EN LA CARA ya convencidos que el abuso ha sido real gracias a un eficiente lavado de cerebro encarado incluso con la colaboración de profesionales contratados al efecto a pesar del dictamen de la Justicia o nos han llegado a atacar y a desfigurar la cara en pleno acto escolar como se puede ver en la foto:
De esta manera se logra que no veamos mas a nuestros hijos, ya que el SAP no existe (el abuso puede que tampoco haya existido, incluso sea falso y comprobado, pero eso no cuenta para la señora diputada), ya el vinculo con nuestros hijos esta perdido como así también su futuro y el nuestro.
Por eso emitimos nuestro FIRME RECHAZO al Rechazo del SAP
Por eso decimos que es necesario una justicia JUSTA y REAL con LEYES APLICABLES y basadas en principios constitucionales
Por eso rechazamos todo lo dicho por la diputada, dado que como podemos demostrar empíricamente, agrede, daña, ofende y realmente genera más perjuicio a la ya desgastada situación que padecen nuestros hijos víctimas de los sesgos legales y perversa administración de la justicia con respecto a la familia y de acuerdo al sexo.
Repetimos y pedimos que se cumpla la famosa igualdad que se pregona y que hace que Argentina sea uno de los países pioneros en igualdad, no solo con el reconcomiendo del matrimonio igualitario, el programa conectar igualdad, el cambio de sexo y corrección en los documentos, incluso para un menor de 6 años.
Igualdad sin distinción de sexo, igualdad porque después de un matrimonio el masculino no este supeditado a la buena voluntad del femenino, tema puntual que hoy es realidad y que nada tiene que ver con la igualdad y/o el feminismo, mas aun, es VIOLENCIA; en contraposición a lo que se pregona  en spots de propagandas políticas. Vemos que la peor inseguridad es la del propio Estado al dictar las Leyes y/o dictámenes
Si hoy por hoy se ampara de ese modo la desigualdad y peor, se crean dictámenes aun más perversos, como los que propone la diputada, entonces la justicia PERMITE y ayuda a la destrucción familiar al permitirle a un sexo (normalmente femenino) retener en su poder al menor, que ya deja de ser víctima de abuso sexual para ser víctima de un eficiente lavado de cerebro para hacerlo creer que fue abusado sexualmente, como coinciden especialistas como la doctora Elizabeth Loftus , en la siguiente nota “http://www.farodevigo.es/sociedad-cultura/2013/09/20/falsas-memorias-recordarlo/881373.html
Es necesario resaltar que la doctora Elizabeth Loftus es Profesora Distinguida de la Universidad Irving de California. Se licenció con los más altos honores en Matemáticas y Psicología y obtuvo sendos títulos de master y doctorado en psicología en la Universidad de Stanford. Lleva años investigando en un laboratorio de memoria con el fin de averiguar cómo creamos falsos recuerdos y de qué manera influyen en nuestro comportamiento.
A diferencia de la Diputada Gladys, señalamos otro especialista mas, reconocido mundialmente.
Como se puede observar la Justicia actúa como agente del delincuente. Para hacer una comparación es como si a un asesino se le deje en su poder el arma homicida (para que limpie sus huellas) y al testigo del crimen no se le dejen ver las pruebas y a la justicia se la ofusque con propuestas como las de la diputada. No conocemos ningún caso penal en el que la prueba del delito, (en este caso la mente del niño), permanezca  en poder del acusador. Esto viola tajantemente principios Constitucionales y nos sorprende que aun siga en vigencia este procedimiento.
Señores diputados, queremos  que se nos escuche, que se nos dé la oportunidad de hablarle de los padres suicidados, de los psicólogos pedófilos a los que nuestros hijos fueron llevados por vía judicial a ser re vinculados.
Pedimos que se respete la Constitución y por lo tanto respeten la igualdad que pregona desde 1853 y nos considere iguales sin distinción de sexo de ninguna especie, cualquier otra medida es DISCRIMINACION, luego de un divorcio seguimos siendo Padres, NO VISITA, un padre no es visita y ténganse en cuenta que Padre vale para ambos géneros, ya que desde las agrupaciones de Padres jamás hacemos distinción de sexo y bregamos por la igualdad y firmamos en conjunto y nuestros equipos se componen de mujeres y hombres que padecen por igual. Por eso hablamos de ‘la destrucción de la familia’

Por eso exigimos se nos respete como ciudadanos iguales, sin distinción de sexo, se derogue toda ley discriminatoria que exista actualmente, se promulgue con carácter de urgente la reforma del código civil ya presentada en el congreso con la modificación solicitada en varias ponencias para que se reemplace el termino de tenencia por el de 'convivencia compartida', ya que solo se TIENEN LAS COSAS y nuestros hijos no son cosas, eliminando de esa forma los conflictos de alimentos, visitas y tenencia que actualmente abarrotan los tribunales de familia y de esa manera eliminar también el art. 206 del  código viejo ya declarado inconstitucional por discriminatorio por el propio INADI en su dictamen del  22 dic 2011dictamen n°507   

II.           Algunos temas urgentes que deben resolverse para no continuar con la destrucción de familias y que solicitamos ampliar personalmente


1.          Debe estar prevista la penalización para los que no cumplan con su deber, protegiendo a la familia incluido el Juez, el cual debería ser destituido en caso de no cumplir con la Ley. Y castigado con la mayor dureza, ya que no puede ni siquiera alegar desconocimiento de la misma.
2.        Modificación del Código de procedimientos respecto de las medidas cautelares que rompen vínculos familiares: Este  NUNCA DEBERIA SER SUSPENDIDO sin causa grave debidamente probada con sentencia firme, es decir no en base a presunciones, pues también se puede presumir que son falsas. Proponemos la eliminación de las medidas cautelares que ‘Castigan por anticipado’ antes de verificarse el hecho imputado. Las medidas cautelares deben ser para beneficio y nunca para provocar un perjuicio

PROPUESTA DE SOLUCION SOBRE LAS MEDIDAS CAUTELARES QUE ROMPEN EL VÍNCULO CON LOS HIJOS de la Asociación UPAFAM (Unión de padres en defensa de la familia):

Cuando un progenitor denuncie a otro de abuso sexual de su hijo, éste inmediatamente deberá ser apartado de sus progenitores y realizar las investigaciones pertinentes que no deberán demorar mas de una semana  para no perjudicar la relación con ambos.
Este procedimiento esta justificado por dos hechos fundamentales:
a) En toda denuncia existen dos posibilidades: que sea cierta o falsa. Por lo tanto en estos casos en que un progenitor denuncia a otro, el menor corre riesgo en ambas alternativas
1) Si es verdadera por el hecho de tener contacto con el progenitor abusador
2) Si es falsa por estar en contacto con el progenitor que  para convencer a la Justicia que no miente, podría aprovechar su condición de vínculo para insertar en la mente de éste recuerdos que conviertan su denuncia en verdadera provocando el mismo perjuicio como si hubiera sido realmente abusado.
b) El principio de igualdad ante la ley pregonado por la propia Constitución.
No encontramos caso similar en la Justicia Penal que permita al denunciante tener bajo su cuidado la prueba del delito que será analizada por peritos, es decir la mente del niño, la cual puede ser manipulada fácilmente máxime por el fuerte vinculo que siempre existe entre madre con el hijo
En pocas palabras todo está perfectamente orquestado para que el padre acusado sea siempre culpable a no ser que se pueda demostrar sin lugar a dudas esta actitud de la madre
3.        Modificación de la Ley de Impedimento de Vinculo 24270 eliminando la palabra ‘ilegalmente’, es la única ley penal que incluye esa palabra, que hace que ciertos ‘impedimentos’ sean legales y elevación de la pena por SAP (Síndrome de Alineación Parental) equiparándola a la de Corrupción del menor dado que el daño realizado en un menor por su propio progenitor al inculcarle hechos falsos es inconmensurable y aberrante. Solicitamos la  Inclusión de toda la familia en la ley logrando así que no se destruyan los lazos familiares de ninguna clase.
4.        Eliminación de la Cuota alimentaria, y modificación integral del Juicio de Alimentos el cual ‘según concepto de Abogados: SIEMPRE SE PIERDE, en pocas palabras ‘no es un juicio’. Consideramos que la separación no es impedimento para que un padre alimente a sus hijos en la misma forma que lo venia haciendo si se resguarda su vinculo. Solo seria aplicable en casos extremos que por causas de fuerza mayor el contacto con uno de los progenitores deba realizarse por vías no personales.
5.        Abolición y/o modificación de la ley de Violencia de Genero por ser inconstitucional al discriminar por sexo previendo violencia hacia uno solo y no de ambos.
6.        Reforma del código de procedimientos que posibilita que un fiscal solicite el sobreseimiento de un imputado. Esto contradice el principio de equilibrio en el cual hay una parte que denuncia e intenta probar un delito y la otra que se defiende, ¿O acaso se conoce algún caso de un defensor que pueda solicitar la condena de su defendido?
7.        Nos resulta muy contradictorio un país que reclama por ‘Sus hijas perdidas’ y no consigue sentar a negociar al usurpador de ellas porque no existe ‘una fuerza publica que lo obligue’ y sin embargo por otro lado disponiendo, él si, de una fuerza pública, no lo haga con los que usurpan a los hijos y no entienda que el reclamo por ‘nuestros hijos perdidos’, de la misma forma que el Estado, no cejara nunca.
8.        Dado el nuevo Proyecto de Código Civil que es un reconocimiento pleno del daño realizado por el propio Estado en todos estos años en los que hemos sufrido la destrucción de nuestras familias, el suicidio de padres por la desgarradora perdida de LO MEJOR DE NUESTRA VIDA: NUESTOS HIJOS, el daño mental realizado a todos los hijos que crecieron sin uno de sus padres a causa de la mala legislación vigente hasta hoy y la mala administración de Justicia por parte del Estado Reclamamos el pago indemnizatorio de todas las victimas del Estado en plena democracia y las medidas enérgicas necesarias para reconstruir las familias destruidas al igual que han hecho con las Madres de Plaza de Mayo. La declaración de imprescriptibles de las causas penales anexas así como la revisión de las causas de presos injustamente por abusos inexistentes, y podemos asegurar que tenemos varios ejemplos de ellos y probados.
9.        Este año  se cumple 100 años de la Asamblea del Año 13 que abolió los privilegios. Sin embargo se sigue legislando con privilegios, discriminando, y hay un sector de la sociedad que se puede subir el sueldo ellos mismos y no pagan ciertos impuestos. Parece que quedo en el olvido esa famosa frase:’LOS UNICOS PRIVILEGIADOS SON LOS NIÑOS’. Consideramos que los poderes del Estado tienen una gran deuda con el Pueblo, dado que son sus representantes y sus atribuciones son delegaciones que este le ha hecho, y es mucho mayor que la Deuda externa.
10.     Vemos con absoluta preocupación y desesperanza como algunos Jueces han podido modificar en su esencia sentando Jurisprudencia sobre una ley tan sagrada como la que pena el  falso testimonio por la cual se aplica sólo cuando tiene influencia en la causa, permitiendo a los mentirosos obrar a sus anchas y fomentando la mentira. No entendemos como una ley votada por todo un Congreso representativo del Pueblo Soberano puede ser modificada y tergiversada a su antojo por el Poder Judicial. Debería haber procedimientos de Control automáticos para que esto no pueda ocurrir bajo ningún punto de vista. Se debería respetar a rajatabla la Constitución de la Nación

III.          Conclusión:

Dada la vasta experiencia adquirida y los testimonios de infinidad de casos y padres que se han suicidado por ello como Pedro Agustín Castelli cuya causa tramito en el Juzgado Civil 25 del Juez Lucas Cayetano Aon, consideramos que es el momento de aplicar una reforma integral a los sistemas de Justicia que indudablemente han fracasado calamitosamente en la sociedad argentina, para dar paso a un respeto absoluto de la Constitución y Tratados internacionales a los que se halla suscripta, por lo tanto proponemos como reforma total a varios estados de Injusticia la formación de un Ente u Organismo que vigile y determine la Constitucionalidad de todas las leyes vigentes y en tramite considerando que varias de ellas contradicen la Constitución en su esencia básica: La defensa de los Derechos Humanos.

IV.         Pruebas y/o Fundamentos:

DICTAMEN del INADI N°507  del- 22 DIC 2011 referido a la Inconstitucionalidad del Art 206 del Código Civil
Donde se destacan los siguientes Párrafos:

Constituye una violación a los principios de igualdad y no discriminación, toda vez que determina una ineptitud abstracta inicial en función del sexo biológico, debiendo determinarse en cada caso concreto la conveniencia del niño, en vista de su interés[1].
a)               configura un prejuicio histórico, económico, sociológico y jurídico;
b)               refuerza el rol de la mujer como ama de casa y madre, conjuntamente con la dependencia económica del marido siendo una ventaja para madre pero también una carga, constituyéndose en un caso de discriminación directa o negativa;
c)                se opone a las investigaciones en las cuales se concluye que el afecto que necesita un niño es independientemente del sexo del progenitor -que lo provea;
d)               la presunción acarrea la idea de la existencia de un derecho de propiedad sobre el hijo y centra la atención en las necesidades emocionales de la madre que sobre las del niño; y e) se está ante un caso de discriminación por sexo[2].

En referencia  a la CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER (CEDAW) dice

Resulta contrario a las previsiones contenidas en los arts. 5 Inc. A) en tanto establece como obligación de los Estados Partes tomar medidas tendientes a "Modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias y de cualquier otra Índole que estén basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres;"

V.          Petitorio:

Solicitamos se nos conceda la entrevista solicitada para aclarar y/o profundizar los conceptos aquí vertidos
Aclaramos que este resumen es a titulo de dar a conocer conceptos. Tenemos elaboradas propuestas concretas de las modificaciones que deberían implementarse para que estas Leyes no contradigan la Propia Constitución adherida a tratados Internacionales de defensa de los DDHH.
Realizamos este pedido con total humildad pero con la firmeza que nos dan nuestras razones y sufrimientos

VI.         ILUSTRACION:

Nestor Ricardo Charpentier como representante de UPAFAM (Unión de Padres Argentinos en defensa de la Familia) quisiera ilustrar con un hecho ocurrido recientemente en ocasión de tener que celebrarse el Juicio Oral en contra de la madre de mis hijos por Impedimento de Vinculo por mas de 11 años en el JUZGADO CORRECCIONAL NÚMERO 7 de la Dra. GRACIELA ÁNGULO DE QUINN Y EL SECRETARIO DR. OMAR ROJAS y que tras repetidos  e incongruentes fallos de sobreseimiento hemos conseguido efectuar  tras reiteradas Apelaciones en las que la Cámara remarcó el delito. Aclaro que éste ya fue suspendido en 2 ocasiones por motivos ajenos a esta parte. Por un problema de salud mi abogado llego 25 minutos tarde. A los 20 minutos, con la excusa, incomprobable por supuesto, que la Jueza había estado 5 minutos antes del horario, se anuncio la anulación del Juicio estando en ese momento todos presentes. ¿Pregunto yo Señores Legisladores? ¿De esta manera pretende la Justicia acercarse al pueblo? ¿Denegando Justicia ante el primer pretexto?

Esperanzados en que se conceda la entrevista solicitada lo saludamos atentamente

Néstor Ricardo Charpentier
DNI.  8.522.544
Socio fundador de UPAFAM (UNION DE PADRES ARGENTINOS EN DEFENSA DE LA FAMILIA)









FIRMAS ADHERENTES





[1] Grosman Cecilia, El cuidado de los hijos después del divorcio. Disponible en http://www.derecho.uba.ar/multimedia/v grosman Ol.php
[2]  Costa Patricia y Harari Sofia, "Las normas del derecho de familia y la discriminación en razón del género", El Derecho en el género y el Género en el derecho", citado por Famá y Herrera, op cit.